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21-01-2014  SE AMPLIA A 750 METROS CUADRADOS LA SUPERFICIA DE LAS ACTIVIDADES COMERCIALES NO SOMETIDAS A LA OBTENCIÓN DE LICENCIA PREVIA

Ley de Garantía de la Unidad de Mercado: la ley estatal 20/2013, publicada en el BOE de 11 de diciembre, amplia a 750 metros cuadrados la superficie de las actividades comerciales que no podrán ser sometidas a la obtención de licencia previa de instalaciones, de funcionamiento o de actividad, ni otras de clase similiar o análogas que sujeten a previa autorización el ejercicio de la actividad comercial a desarrollar o la posibilidad misma de la apertura del establecimiento correspondiente.

Anteriormente la ley 12/2012 fijó dicho límite en 300 metros cuadrados, que se ampliaraon a 500 por la ley 14/2013.

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